EL NUEVO CARNÉ DE CONDUCIR
POR PUNTOS
El nuevo sistema de carné de conducir
por puntos entrará en vigor el 1 de Julio de 2006;
a continuación resumimos sus características
más destacables y portamos un cuadro aclaratorio
del sistema:
FUNCIONAMIENTO
La fórmula consiste en entregar a cada conductor
un crédito de 12 puntos (8 para los nuevos)
y estos puntos se van perdiendo conforme el conductor
es sancionado en firme, de modo que el actual cuadro
de infracciones y sanciones cuenta a partir de ahora
con una <<medida>> complementaria (no
sancionadora) con la que se quiere contribuir a reducir
la accidentalidad.
REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
A la introducción de carné por puntos
se suma también la reciente entrada en vigor
de la reforma de Código Penal, que cambia la
redacción de los artículos que afectan
a la seguridad vial (arts.379,381,382,636 del CP)
con lo que se aumento la pena por conducir bajo la
influencia de drogas o bebidas alcohólicas,
se tipifica mejor la conducción con temeridad
manifiesta, la creación de riesgos para la
seguridad del tráfico, y se saca del Código
Penal la falta de seguro que se deja como infracción
administrativa. Sin embargo a la fecha de redacción
de esta líneas, seguimos sin saber de otras
futuras reformas, como por ejemplo, los cursos-multa,
en anuncio fantasma de la creación de la Agencia
de Seguridad Vial, y la mejora del sistema viario
que sigue siendo el segundo más peligroso de
Europa.
R E C U E R D E
· La fórmula consiste en entregar a
cada conductor un crédito de 12 puntos ( 8
para los nuevos ) y estos puntos se van perdiendo
conforme el conductor el sancionado en firme
· La medida se fundamenta en el aspecto psicológico
de potenciar la responsabilidad y el autocontrol de
los conductores a partir de la pérdida de puntos
y el desvanecimiento del permiso por la reiteración
de infracciones.
Entrará en el 1 de Julio de 2006
Pérdida de los 12 puntos:
-6 meses sin carné la primera vez, 12 meses
las siguientes
-Cursos de reeducación obligatorios (30 h.)
-Examinarse de nuevo del carné.
Recuperación de puntos
-Curso de reeducación (máximo 1 cada
2 años ) + 4 puntos (10 a 12H)
-Tres años sin cometer infracción Todos
los puntos
Multas desde 90€ hasta 600€
CIRCULAR SIN SEGURO LA SANCION ES DE 600 A 3.000€
SISTEMA DE RETIRADA DE PUNTOS
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· Conducir ebrio profesionales con una tasa
superior a 0,30 mg/l estando permitido hasta 0,15
mg/l
· Conducir ebrio con una tasa superior a 0,75mg/l
, permitido hasta 0,25mg/l
· Conducir bajo la influencia de estupefacientes,
psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias
o efectos análogos
· No someterse a la prueba de alcoholemia,
estupefacientes...
· Circular en sentido contrario al establecido.
· Circular por autopistas o autovías
con vehículos que estén expresamente
prohibidos.
· Sobrepasar en mas de un 50% la velocidad
máxima autorizada superando en 30 km. dicho
límite
· Exceso en más de un 50% los tiempos
de conducción o la minoración en mas
de un 50% en los tiempos de descanso establecidos
en la LOTT
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· Conducir ebrio profesionales con tasa superior
a 0,15 mg/l hasta 0,30 mg/l.
· Conducir ebrio con una tasa superior a 0,25
mg/l hasta 0,75 mg/l.
· Conducir un vehículo con un aumento
del 50% en el número de plazas excluido el
conductor.
· Circular en posición paralela con
vehículos con los que esté expresamente
prohibido por esta ley.
· Conducir con un permiso o licencia de conducción
que carezca de validez por no cumplir los requisitos
exigidos reglamentariamente.
· Circular con un vehículo no matriculado
o careciendo de las autorizaciones administrativas
correspondiente.
· Circular con un vehículo que incumpla
las condiciones técnicas, así como las
relativas a las ITV.
· Arrojar a la vía o en sus inmediaciones
objetos que puedan producir incendios o accidentes
de circulación.
· Conducir de forma negligente.
· Exceder límites de velocidad en mas
de 40 km/h hasta 50km/h.
· Incumplir las disposiciones establecidas
sobre prioridad de paso en las condiciones exigidas
reglamentariamente.
· Incumplir la obligación de detenerse
señal STOP.
· Incumplir las normas sobre adelantamiento
poniendo en peligro o entorpeciendo a quien circulan
en sentido contrario.
· Efectuar un cambio de sentido estando prohibido.
· Realizar maniobra de marcha atrás
en autopistas y autovías.
· Aumentar la velocidad o efectuar maniobras
que impidan o dificulten el adelantamiento...
· Adelantar en curvas o cambios de rasante
de visibilidad reducida o en lugar o circunstancias
en que la visibilidad disponible no sea suficiente
invadiendo la zona reservada al sentido contrario.
· No respetar las señales de los Agentes.
· No respetar la luz roja de un semáforo.
- 3
· No respetar la distancia de seguridad.
· Paradas y estacionamientos peligrosos.
· Circular sin alumbrado sin visibilidad o
provocar deslumbramiento
· Conducir utilizando cascos, o auriculares
conectados a aparatos receptores de sonido durante
la conducción que implique su uso manual
· Parar o estacionar en curvas, cambios de
rasante de visibilidad reducida.
· Parar o estacionar en los pasos a nivel.
· Para y estacionar en lugares peligrosos o
que obstaculicen la circulación.
· Conducir hablando con el móvil.
· Exceder los límites de velocidad en
mas de 30 km/h hasta 40 km/h
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· Parar o estacionar en las intersecciones
y en sus proximidades si se dificulta el giro a otros
vehículos o en vías interurbanas si
se genera peligro por falta de visibilidad.
· Parar o estacionar en los raíles de
tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecer
su circulación.
· Parar o estacionar en los lugares donde se
impida la visibilidad...:..en autopistas o autovías.
· Parar o estacionar en las zonas destinadas
para estacionamiento y parada de uso exclusivo o en
los carriles destinados al transporte público
urbano.
· Instalar equipos de detección de radares.
· Incumplir las disposiciones en materia de
adelantamiento establecidas en esta Ley.
· Exceder los limites de velocidad en mas de
20 km/h hasta 30 km/h
· Incumplir las normas sobre cambios de dirección
o sentido, o marcha atrás establecidas en esta
Ley.
· Circular sin utilizar el alumbrado cuando
sea obligatorio, de acuerdo con esta ley y reglamento
· Conducir sin utilizar el cinturón
de seguridad, el casco y demás elementos de
protección...
· Circular con menores de 12 años en
los asientos delanteros sin utilizar dispositivos
de seguridad exigidos.
· Circular con menores de 12 años como
pasajeros de motocicletas o ciclomotores.
· Circular con menores de tres años
en los asientos traseros sin que utilicen los sistemas
de sujeción exigidos.
CURSOS DE REEDUCACION
CURSOS TIPO (A)
Conductores que han perdido parte de los puntos que
tenían asignados y desean recuperarlos parcialmente.
DURACIÓN: 15 horas.
10 horas de formación general.
5 horas de formación especifica (según
carencias del conductor).
CURSOS TIPO (B)
Conductores que han perdido la totalidad de los puntos
que tenían asignados y desean obtener nuevamente
su permiso o licencia de conducción.
DURACIÓN: 30 horas.
20 horas materias y conocimientos Ley Seguridad Vial.
10 horas de formación especifica ( según
carencias del conductor).
Terminados los cursos el Director del Centro expedirá
certificación que se registrará en la
D.G.T.
CONTENIDO DE LOS CURSOS
1.- Accidentes de Tráfico.
2.- Mecánica del accidente: Física y
dinámica de un impacto.
3.- La conducción: Una tarea de toma de decisiones.
4.- Aptitudes y capacidades básicas del conductor
para una conducción segura.
5.- Los grupos de riesgo: Niños, ancianos,
jóvenes, peatones y ciclistas y otros.
6.- Factores de riesgo: Velocidad, alcohol, drogas,
fármacos, sueño, fatiga y otros.
7.- Seguridad activa y pasiva.
8.- Conducción defensiva.
9.- Comportamientos y actuaciones en caso de accidente.
10.- La importancia del cumplimiento de las normas
de tráfico y circulación de vehículos
a motor; la responsabilidad de su incumplimiento.